El Consejo Consultivo se integra por los cinco últimos ex presidentes de la Sociedad y el proceso de su designación es el siguiente: Al entrar en funciones una nueva Mesa Directiva, el Presidente saliente pasa automáticamente a ser miembro de este Consejo y el más antiguo de los miembros de éste cesa en sus funciones.
Las atribuciones del Consejo Consultivo son:
- Asesorar, a solicitud de la Mesa Directiva, a los Delegados, Representantes y Comisionados, y a la misma Mesa, en los problemas propios de la Asociación.
- Colaborar en la selección de trabajos y publicaciones que emanen de la Asociación.
- Reunirse con la Mesa Directiva trimestralmente, y tratar los asuntos que aquélla le presente.
- A petición expresa de la Mesa Directiva, formular en cada reunión técnica un informe escrito de evaluación de los resultados de la reunión.
- Evaluar los resultados obtenidos y la marcha de las Delegaciones Regionales, Comisionados, Representantes y Delegados, emitiendo un informe escrito donde se plasmen sus conclusiones y recomendaciones.
- Con objeto de garantizar la continuidad de la gestión (ideas, objetivos y acciones) de la Asociación, el presidente saliente se dedicará de manera directa a asesorar a la Mesa entrante, estableciendo de esta manera un vínculo estrecho entre la Mesa Directiva nueva y el Consejo Consultivo.
- Las atribuciones adicionales que estos Estatutos, la Ley o la Asamblea General le confieran.